EL ALCALDE DE VALLE DE CHALCO, EL MORENISTA ARMANDO GARCÍA MÉNDEZ PODRÍA SER ECHADO A PATADAS DEL PALACIO MUNICIPAL
Por: Rodolfo Rodríguez C.
Es importante destacar que la destitución del Regidor, solo podrá
ser a través de un acuerdo (votación) de las dos terceras partes de los
miembros del Congreso Local, pero contrario a la Ley, García Méndez y la mayoría
de sus borregos, que se dicen ser Regidores, después de las pasadas elecciones del 2021, Orlando Lleras
Vargas fue electo como noveno Regidor por la mayoría del voto popular, es decir, no es empleado del ignorante e improvisado morenita y elegido bajo las siglas del Partido Verde.
Sin embargo, el alcalde haciendo actos arbitrarios y cometiendo
el delito de usurpación de funciones en complicidad con la mayoría de los
integrantes del cabildo, con excepción de la regidora de Morena Irma Tenorio
Contreras, destituyeron al Regidor Orlando Llera y por sus pantalones le
tomaron protesta al suplente, Miguel Ramírez Elíseo.
El afectado, inmediatamente
dio parte al Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), quien recientemente
le dio la razón al afectado. Ahora el Regidor regresara a su cargo, le guste o no al ignorante, prepotente y desquiciado alcalde.
La resolución del Tribunal Electoral del Estado de México
dice a la letra: Sobre la resolución del Tribunal Electoral del Estado de
México, que determino la ilegalidad del acto que se impugno, mediante el Juicio
de Protección de los Derechos Político-electorales del ciudadano, expediente JDCL/14/2022
ORLANDO LLERA VARGAS vs PRESIDENTE MUNICIPAL DE VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD,
ESTADO DE MÉXICO Y OTRAS, consistente en que el ayuntamiento no tenía las facultades
y era incompetente para destituir al noveno regidor constitucional Orlando
llera Vargas, dichos actos resultan violatorios a los derechos humanos
fundamentales, además de que con la revocación al acto impugnado se acredita la
usurpación de funciones que cometieron el presidente municipal Armando García
Méndez, la Síndico Municipal y siete regidores más del ayuntamiento, ya que la
segunda regidora IRMA TENORIO CONTRERAS, fue ajena a estas decisiones.
En ese contexto, abra que esperar las sanciones que deriven
por su ilegal actuar, ya que la resolución del TEEM, solo considera la
restitución de los derechos del actor, pero las sanciones deberán venir tanto
de la Contraloría del Poder Legislativo, como de la misma Legislatura ya que en
ambas instancias, se están integrando los respectivos expedientes, por las
faltas cometidas por estos servidores públicos de elección popular, conforme al
artículo 10 de la Ley de
Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, en el caso
de la Contraloría del Poder Legislativo; y más grave aún para el cabildo, la
integración del expediente del Juicio Político, que podría tener como
consecuencia la REVOCACIÓN DEL MANDATO Y DESTITUCIÓN DEL PRESIDENTE, SÍNDICO Y
REGIDORES que aprobaron la ilegal destitución del noveno regidor, ORLANDO LLERA
VARGAS, ya que la misma Ley de Responsabilidades Administrativas, en su
artículo 215 considera que, en el caso de LAS VIOLACIONES GRAVES A LOS DERECHOS
HUMANOS y LA USURPACIÓN DE ATRIBUCIONES, si la resolución que se dicte en el JUICIO
POLÍTICO es condenatoria, SE SANCIONARÁ AL SERVIDOR PÚBLICO CON DESTITUCIÓN Y
TAMBIÉN PODRÁ IMPONERSE INHABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE EMPLEOS, CARGOS O
COMISIONES EN EL SERVICIO PÚBLICO DESDE UN AÑO HASTA VEINTE AÑOS.
Ahora solo habrá que esperar las sanciones que las autoridades en la materia impondrán al alcalde morenista Armando García Méndez, puesto que
por el momento solo se considera la restitución de los derechos políticos del
actor, sin embargo, las sanciones se desprenderán de la contraloría del Poder
Legislativo, así como de la Legislatura puesto que en ambos lugares se
encuentra integradas las denuncias, que exhiben el abuso de poder con el que se
conduce día con día el flamante funcionario de la 4T.
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